¿Quién puede decretar el estado de excepción?
El Gobierno central mediante real decreto, que debe contemplar los efectos de la medida y el ámbito territorial de aplicación, siempre previa autorización por mayoría absoluta del Congreso de los Diputados.
Nunca podrá exceder de 30 días. Es prorrogable por idéntico plazo con los mismos requisitos mencionados.
¿Por qué causas se puede establecer un estado de excepción?
Por graves alteraciones del orden público que afecten a:
• El libre ejercicio de los derechos ciudadanos
• El normal funcionamiento de las instituciones democráticas y los poderes públicos constitucionales
• El correcto desempeño de los servicios públicos esenciales para la comunidad
¿Qué medidas principales puede conllevar un estado de excepción?
- Detención de personas sospechosas por un periodo máximo de 10 días.
- Inspecciones y registros de domicilios particulares.
- Intervención cautelar de comunicaciones privadas, tanto postales, telegráficas, telefónicas y telemáticas.
- Intervención de cargas y transportes.
- Limitación total o parcial de movimientos a personas y vehículos.
- Prohibición y secuestro de publicaciones, así como prohibición de emisiones de todo tipo: cadenas de radio y TV, cine, teatro y similares.
- Prohibición de reuniones, manifestaciones y huelgas.
- Incautación de armas, explosivos y municiones.
- Intervención de comercios e industrias
Las detenciones e intervenciones restrictivas de derechos fundamentales deben ser comunicadas al juez o magistrado competente.
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